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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4259
LIBERTAD, PRIVACION ILEGAL DE LA, POR UN PARTICULAR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4259
Para que pueda estimarse configurado este delito, se requiere que la víctima se encuentre incapacitada para sustraerse al encierro de que se le hace objeto, por hallarse en condiciones de dependencia ilegítima a otra voluntad; pero si se trata de agentes de la autoridad, que se encontraban armados y para quienes era sumamente fácil sustraerse el encierro del que se dicen fueron víctimas, no puede considerarse que existe el referido delito.
Precedentes
Amparo penal directo 4214/42. Lemus Morales Martín. 20 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.