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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4836
LIBERTAD CAUCIONAL EN EL PROCESO, IMPROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4836
La negativa del Juez de los autos a conceder a los procesados la libertad caucional, es legal, si se apoya en que el Juzgado de Distrito que concedió la suspensión del acto reclamado, ya les había otorgado esa libertad y se encontraban disfrutando de ella.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9574/41. Salazar Primitivo y coagraviados. 27 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.