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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5282
SUSPENSION, FIANZA PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5282
Aun cuando el interesado afirme que se embargaron bienes bastantes para garantizar lo adeudado y aunque la autoridad no informe sobre el particular, por lo que debe presumirse cierto el acto, esto no es motivo para sostener que con el embargo están asegurados los daños y perjuicios que se ocasionan con la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3206/42. Gutiérrez Rodolfo. 29 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.