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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6051
CHOFERES, FALTA DE LICENCIA A LOS, PARA MANEJAR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6051
Si el quejoso, acusado del delito de lesiones por imprudencia, conviene en que carecía de licencia para manejar automóviles, aunque alega que sí sabía hacerlo, aquella circunstancia hace suponer que no tenía pericia indispensable para conducir el vehículo, y por tanto, que hubo improcedencia manifiesta al causar daños al manejarlo, tanto más, si aparece que lo hacía con una velocidad excesiva.
Precedentes
Amparo penal directo 2910/42. Arredondo González Daniel. 10 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.