Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308402
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308402
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6174
ROBO EN CASA HABITADA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6174
No puede considerarse que el robo se ha cometido en casa habitada , si el acusado se apoderó de un semoviente que estaba en un potrero, en el cual había una pequeña casa en la que habitaba el propietario del mismo, pues los potreros no constituyen en sí, dependencias directas de las habitaciones, por lo cual, es ilógico considerar que el robo se ha cometido en casa habitada.
Precedentes
Amparo penal directo 4735/42. Almazán Mariño José. 11 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.