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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6180
TESTIGOS, VALIDEZ DEL DICHO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6180
Si el testigo, en su primitiva declaración, no señala el acusado como una de las personas que intervinieron en la comisión del delito, y hasta seis meses después lo determinó así, esto hace sospechar la falta de veracidad del testigo, si en la segunda declaración afirmó que conocía al acusado y hasta que llevaba amistad con él, y por otra parte, dicho testigo se dedica a actividades inmorales, como es la explotación de una casa de lenocinio, y además, los superiores del acusado emiten un informe favorable en relación con la conducta de éste, razones por las que, la declaración del testigo, no puede originar ni si quiera un indicio o presunción de peso en contra del acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4561/42. Hernández Eduardo Pascual y coagraviado. 11 de septiembre de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.