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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7233
INFORME CON JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7233
La falta del informe con justificación no revela al quejoso de probar la constitucionalidad del acto, si éste no es en sí mismo violatorio de garantías individuales, sino que su constitucionalidad depende del motivo, datos o pruebas en que se haya fundado la autoridad responsable, y si el quejoso no rinde pruebas, no hay elementos para establecer si el acto es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4861/42.- Noriega Pedro.- 25 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.