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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7633
DESPOJO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7633
Si el acusado del delito de despojo, no entró en posesión del inmueble, de propia autoridad y haciendo violencia física o moral a las personas, incuestionablemente no existe el delito de despojo, como sucede cuando el acusado usa el inmueble por virtud de un contrato de arrendamiento, aun cuando no haya cubierto las rentas.
Precedentes
Amparo penal en revisión 16/41. Gutiérrez Candelaria y coag.- 13 de junio de 1941.- Unanimidad de cinco votos, por cuanto a la concesión del amparo a uno de los quejosos y por mayoría de cuatro votos, por cuanto a la protección que se otorgó al otro quejoso. La publicación no menciona el nombre del ponente.