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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7786
VENDEDORES AMBULANTES, LIMITACION A LAS HORAS DE TRABAJO DE LOS, SUSPENSION CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7786
La prohibición para ejecutar determinados trabajos, es de los actos negativos que producen efectos positivos, ya que en atención a lo dispuesto en el artículo 4o. de la Constitución Federal, en el sentido de que toda persona es libre para trabajar, se traduce en el hecho positivo de una actividad, y tal hecho es susceptible de suspenderse, para el efecto de que el interesado siga trabajando y haga uso de la libertad consagrada en el citado artículo 4o. Por tanto, debe concederse la suspensión contra la prohibición que se haga en unos vendedores ambulantes, para que no trabajen después de determinada hora de la noche (las ocho).
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4545/41. Guzmán Sara y coag.- 28 de noviembre de 1941.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.