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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308464
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7839
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7839
Si está demostrado que el quejoso en amparo, es propietario del mueble que se trata de asegurar y concediéndole el artículo 799 del Código Civil la presunción de poseedor de buena fe, es indudable que se le ocasionarían graves perjuicios si se le privara de su posesión, y por este motivo debe concederse la suspensión contra el aseguramiento, sin requisito alguno, si no existe tercero perjudicado.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 8097/40. Alvarez Sofía. 20 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.