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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7908
TRANSITO EN LAS CARRETERAS, SUSPENSION CONTRA EL REMATE DE VEHICULOS POR INFRACCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7908
Es procedente la suspensión que se solicite contra la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, porque esta autoridad pretenda rematar el vehículo del quejoso, para hacer efectivas las sanciones impuestas por infracciones cometidas en carreteras, por reunirse los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo, sin que pueda decirse que con el otorgamiento de la suspensión se afecte el interés público, ni se impida sancionar las infracciones que se cometen en las carreteras, ya que dicha suspensión no tiene más efecto que el de impedir que se consume el acto, en tanto se resuelve el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7545/41. Rosas Vivas Luis. 11 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.