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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 681
QUERELLA NECESARIA, EXISTENCIA DE LA (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 681
Para que exista la querella necesaria a que se refieren los artículos 330 del Código Penal y 270, fracción I, del de Procedimientos Penales, indispensable cuando se trata del delito de rapto, no se necesita que la ofendida use de palabras rituales, sino que basta que puntualice, ante la autoridad, los hechos que constituyen el delito de rapto y que ocurra ante esta misma autoridad, exponiéndolos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8006/41. Cruz Alfonso. 13 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.