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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308537
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1044
VIOLACION, VALOR DE LA IMPUTACION DE LA VICTIMA EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1044
No es posible en delitos de esta naturaleza, hacer caso omiso de la imputación de la víctima, menos aún si esa imputación se corrobora con probanzas de otro género, como las informaciones de sus familiares, que aunque uno de ellos sea inhábil por su edad, tenga algún indicio de gran significación, y con el dictamen del práctico, en que se describen las huellas materiales del atentado, así como también con la circunstancia de que la víctima es menor de diez años y el acusado un sujeto adulto, pues se presume que abusó de la poca edad de la víctima, para llevar adelante sus propósitos; por lo que tratándose de un auto de formal prisión, en que sólo se requiere, respecto de la responsabilidad, datos que la hagan probable, debe decirse que en tal caso, por todas las circunstancias existentes, se ve que sí existen esos elementos y es fundado el auto de formal prisión que en el caso se dicte.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7828/41. Pérez Pedro. 15 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.