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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1298
CICATRIZ NOTABLE A DISTANCIA NORMAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1298
Si el personal del juzgado, a cuyo prudente criterio queda la estimación de la visibilidad de una cicatriz, certifica que la de que se trata, es notable, debe entenderse, como es natural, que esa notabilidad la percibió a la distancia normal a que la percibe la generalidad de la gente, y con mayor razón debe admitirse que dicha cicatriz tiene esa condición, si del certificado médico y también del judicial, aparece que la misma se encuentra situada en la cara "desde el límite inferior de la región molar derecha hasta el dorso de la nariz, de siete y medio centímetros de extensión.".
Precedentes
Amparo penal directo 729/42. Tovar J. Natividad. 16 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.