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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1732
POSESION, PROCEDENCIA DE LA CONTRAFIANZA, CUANDO SE RECLAMA LA PERDIDA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1732
Si de autos aparece que los actos reclamados consisten en que se pretende desposeer al quejoso en el amparo, de una finca urbana que asevera poseer a título de dominio, y por la admisión de la contrafianza se ejecutarán los actos reclamados, es decir, se desposeerá al agraviado de la finca urbana respectiva, en caso de que se le conceda la protección constitucional se le restituirá en la posesión indicada, pagándosele, además, los daños y perjuicios que hubiere resentido, por lo cual no puede decirse que de ejecutarse los actos reclamados, quede sin materia el juicio constitucional y, por tanto, tampoco lo es que exista violación al artículo 127 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 478/41. Triana Julián. 20 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.