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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308578
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2077
ORDEN DE APREHENSION (LEGISLACION DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2077
Si de autos aparece que el Ministerio Público ejercitó en contra del quejoso la acción penal correspondiente, señalándolo como presunto responsable del delito de lesiones, basado en la declaración del ofendido, corroborada con la afirmación de los testigos presenciales de los hechos y con la fe judicial de las lesiones, las que fueron clasificadas pericialmente como de las que no ponen en peligro la vida y tardan en sanar menos de quince días, pero dejando tatuaje indeleble en la cara, en las regiones en que se incrustó la pólvora, en virtud de que el disparo en contra del ofendido, fue hecho a una distancia no mayor de cincuenta centímetros; como esta infracción penal está sancionada por el Código Penal del Estado de San Luis Potosí con pena corporal y pecuniaria, no puede tener aplicación en el caso la jurisprudencia de esta Suprema Corte relativa a los delitos de pena alternativa, porque la misma se refiere, exclusivamente, al caso en que la levedad de la infracción amerita tan solo una sanción pecuniaria o corporal, pero no cuando, como en el caso, el Código Penal aplicable impone conjuntamente ambas sanciones.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9912/41. Gudiño José. 23 de abril de 1942.
Unanimidad de cuatro votos. Ausencia: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 138, tesis 89, de rubro "ORDEN DE APREHENSION TRATANDOSE DE PENA ALTERNATIVA.".