Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308583
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2276
LIBERTAD INDIVIDUAL, ATAQUES A LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2276
Si de la copia certificada de constancias agregada al cuaderno principal, se viene en conocimiento de que está plenamente comprobado el cuerpo del delito de ataques a las garantías individuales que motiva la formal prisión del recurrente, la circunstancia de que el tribunal respectivo en un principio desconociera esa comprobación, al negarse a conceder la autorización necesaria para que se sujetara a proceso al acusado, aparte de constituir una apreciación de dicho tribunal, exclusiva para dicho efecto, y que en modo alguno puede alcanzar a lo tramitado con posterioridad, es incuestionable que de tal negativa no se infiere que de lo actuado posteriormente, no resulten acreditados los elementos que configuran tal infracción penal; por lo que el agravio expuesto por este motivo debe declararse infundado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 632/42. Serrano Alejandro. 24 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.