Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308606
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3056
COMPARECENCIA ANTE LOS JUECES PENALES (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3056
Si bien el Código Penal de Puebla, señala medios de apremio para todas aquellas personas que se niegan a comparecer al juicio, cuando son requeridos por el Juez de la causa, estos medios de apremio se refieren única y exclusivamente, por disposición expresa de la ley, a los testigos; de manera que si se abre una averiguación penal y los individuos señalados como responsables, a pesar del mandato judicial, no comparecen ante el Juez, incurren en el delito de desobediencia de un mandato legítimo de la autoridad que está penado con pena corporal en el código de Puebla.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5679/41. Castillo Telésforo y coag. 4 de mayo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.