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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3060
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3060
Si contra el auto de formal prisión está pendiente el recurso de apelación, que tiene por efecto revocar o nulificar el auto, el amparo es improcedente, sin que deba tomarse en consideración el carácter con que fue admitido el recurso, y aunque la orden de aprehensión derivada de dicho auto, es un acto de realización, inminente, debe decretarse el sobreseimiento respecto de esa orden, que es legítima, por derivarse de un acto de ejecución derivado del auto de prisión formal, que está recurrido mediante la apelación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4398/41. Lazo M. Humberto. 4 de mayo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Jurisprudencia 60/85 de Novena Parte.