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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4210
PERMISOS DE RUTA, SUSPENSION CONTRA EL OTORGAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4210
Debe negarse la suspensión que se solicite contra el otorgamiento de permisos de ruta, por la Secretaría de Comunicaciones, porque debe considerarse como de interés público el que exista el suficiente número de medios de transporte, para llenar las necesidades de la población, interés público que no se destruye por el hecho de que la autoridad incurra o no, en violación legal, al permitir o tolerar un servicio de transportes; además de que dicha violación, aun suponiéndola existente será motivo de estudio en el fondo del amparo y no en el incidente de suspensión, pues de otro modo se llegaría al caso de establecer en éste, si efectivamente se estaba aplicando indebidamente la ley.
Precedentes
Tomo LXXII, página 7493. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1680/42. Gudiño Leopoldo y coagraviado. 6 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXII, página 4210. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7959/41. Soberanes Eduardo y coagraviados. 4 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.