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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4370
AUTO DE FORMAL PRISION, APRECIACION DE PRUEBAS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4370
En él no tiene que determinarse si el grupo de pruebas favorables, debe, o no, prevalecer sobre el de las desfavorables, porque este análisis no es posible verificarlo sino en posesión de todos los datos que arroje el proceso, cuando declarada cerrada la instrucción, se dicte la sentencia, único momento en que el juzgador está en aptitud de formar su convicción y decidir sobre la responsabilidad o irresponsabilidad del procesado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 434/42. Barrios Nicolás. 5 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.