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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308686
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5366
PERDON DEL OFENDIDO (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5366
Si el perdón del ofendido se concede cuando ya se han presentado las conclusiones en el proceso, debe tenerse en cuenta que, conforme al artículo 278 del Código Penal de San Luis Potosí ese perdón extingue la acción penal, siempre que se conceda antes de que sea formulada la querella.
Precedentes
Amparo penal directo 9876/41. Rodríguez Octaviano. 16 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.