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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5393
DESPOJO DE COSA INMUEBLE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5393
El Código Penal de Jalisco, al tratar en su capítulo V, del delito de despojo de cosa inmueble, no establece que sea aplicable al mismo, lo dispuesto en el artículo 334 del mismo ordenamiento, que excluye de responsabilidad al descendiente que roba a su ascendiente; como abuso de confianza y de fraude.
Precedentes
Amparo penal directo 1054/42. Mondragón Torres Angela. 17 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.