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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5425
DESTRUCCION EN PROPIEDAD AJENA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5425
Para comprobar el cuerpo de este delito, es necesario que se rinda prueba de que los bienes deteriorados o destruidos, existían con anterioridad a la denuncia, y si por el contrario, en el contrato de arrendamiento relativo, se dice que el arrendatario está obligado a reforzar las cercas de alambre que se dicen destruidas, esto demuestra que las mismas no se encontraban en buen estado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1819/42. Gutiérrez Castañeda Juan. 17 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.