Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308736
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6500
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6500
No puede alegarse que al condenar a la reparación del daño, no se tuvo en cuenta la capacidad económica del procesado, si éste declara que tiene derecho a una indemnización de trabajo, por cantidad muy superior a la cuantía del daño.
Precedentes
Amparo penal directo 3409/42. Castro Traconis Luis. 29 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.