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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308744
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6852
INFORME, INCERTIDUMBRE DE SI ES PREVIO O JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6852
Si una de las autoridades responsables expresa que "rinde información solicitada en el juicio de amparo ... promovido por ... ", sin decir si es el informe previo o justificado, y en la copia certificada de ese informe, no se inserta la constancia de la fecha de presentación en el juzgado respectivo, por lo que no se puede saber si efectivamente lo fue antes de la audiencia del incidente de suspensión, y si el Juez de Distrito, según se desprende de su sentencia, no lo tuvo a la vista, no es posible saber la fecha en que fue presentada, y por tanto, si debe tenerse, o no, como cierto el acto reclamado; por lo que debe estarse a la presunción de que, por falta de informe rendido con oportunidad, debe considerarse cierto el acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7102/41. 9 de febrero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.