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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6953
RESERVISTAS, DELITOS DE FUERO COMUN COMETIDOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6953
Son competentes las autoridades del orden común, para conocer de los procesos instruidos contra los reservistas, que cometen delitos de violencia contra las personas y pillaje, cuando se compruebe que no desempeñaban servicio militar ni actos propios del mismo, en la fecha y momento en que se ejecutaron las acciones delictuosas.
Precedentes
Competencia 60/41. Suscitada entre los Jueces, Militar de la Plaza de Veracruz, y Mixto de Primera Instancia de Coatepec, Veracruz. 16 de junio de 1942. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.