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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4135
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL (LEGISLACION DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4135
Al prevenir la ley procesal penal del Estado de Chiapas, que los dictámenes periciales se califiquen de acuerdo con las circunstancias, implícitamente y lejos de concederle un valor decisivo absoluto, somete la calificación de su fuerza probatoria al criterio del juzgador, en relación con las demás constancias del proceso.
Precedentes
Amparo penal directo 2994/41. López Luis. 10 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.