Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/308829
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4147
COAUTORES EN EL DELITO DE HOMICIDIO (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4147
Debe estimarse que tienen la calidad de coautores en un homicidio, todos aquellos que participaron directa, inmediata y principalmente, en el desarrollo de los acontecimientos que procedieron a ese delito y realizaron hechos encaminados a producirlo, de acuerdo con la definición contenida en la fracción I del artículo 49 del Código Penal del Estado de Puebla, que atribuye la coautoría por participación delictiva, a quienes conciben, resuelven cometer, preparan y ejecutan una infracción penal, ya sea por sí mismos o por medio de otros a quienes compelen o inducen a delinquir; sin que obste en contrario, la circunstancia de que sólo uno de ellos haya inferido la lesión mortal, ya que este antecedente, en modo alguno puede servir para disminuir o atenuar la responsabilidad criminal de los otros, cuya intervención directa, inmediata y principal, en los hechos que dieron margen al homicidio, hace forzoso considerarlos como coautores, en los términos de la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 6364/40. Morales Calixto y coagraviados. 10 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.