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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6614
AGENTES DE LA AUTORIDAD, DELITO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6614
Para la integración de esta forma delictiva, es indispensable, según los términos del artículo 189 del Código Penal, el conocimiento previo del carácter de autoridad del ofendido; por lo que, si el quejoso niega haber sabido que los agentes de que se trate, tuvieran esta condición, y aun cuando dos de ellos aseguren lo contrario, ante la diversidad de tales declaraciones, surge naturalmente, la duda acerca de si realmente tuvo el citado quejoso conocimiento del carácter del ofendido, y en estas condiciones, lo lógico, lo justo, es inclinarse en favor del acusado para no imputarle el mencionado delito.
Precedentes
Amparo penal directo 2178/41. Mahumud Bolhosen Félix. 24 de septiembre de 1941. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.