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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1363
PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1363
La premeditación como circunstancia calificativa de los delitos de homicidio y lesiones, está constituida por dos elementos inseparables a saber: a), un período de tiempo más o menos largo, entre la resolución de cometer el delito y el momento de ejecutarlo; y b), que durante ese lapso, el agente haya meditado con toda reflexión y deliberado su propósito de cometer el hecho delictuoso que se hubiere propuesto; de manera que si el reo confiesa ambos presupuestos, perfectamente se destaca la calificativa de premeditación, y la sentencia judicial que condene al reo como autor de homicidio calificado en estas circunstancias es arreglada a derecho.
Precedentes
Amparo penal directo 3710/41. Barrios Leonardo. 23 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.