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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 200
BIGAMIA, ORDEN DE APREHENSION POR EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 200
No es violatoria de garantías la orden de aprehensión librada por un Juez penal, en contra de un individuo acusado como presunto responsable del delito de bigamia, si la autoridad de quien procede la orden de captura, incluye en la constancia de su informe justificativo, las actas de los matrimonios celebrados entre el quejoso y dos distintas mujeres, habiéndose celebrado el último, sin que se hubiera quedado disuelto legalmente el anterior; no siendo posible hacer declaración alguna en el amparo respecto de la validez o nulidad del primer enlace, entre tanto no exista una resolución judicial que declare la nulidad del acta del matrimonio primitivo por lo que no puede negársele eficacia jurídica.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2469/41. Villanueva Moreno Camilo. 4 de julio de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.