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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 308992
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2987
PERMISOS ADMINISTRATIVOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA NEGATIVA A REVALIDARLOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2987
Si se reclama de una autoridad administrativa la negativa a revalidar el permiso concedido al quejoso, para trabajar como fotógrafo en la zona comercial de una ciudad, es improcedente conceder la suspensión, porque aunque el acto negativo de la autoridad responsable tiene el efecto positivo de impedir trabajar al quejoso, si esa negativa obedece a que el interesado se niega a cubrir el impuesto correspondiente, no es debido conceder la suspensión, tanto porque esta medida no tiene efectos restitutorios que corresponden a la sentencia que se dicte en el fondo del amparo, cuanto porque sin se le autorizara a seguir trabajando sin el permiso correspondiente, se afectaría el orden jurídico establecido, pues sería tanto como si la autoridad judicial se substituyera a la administrativa en las funciones de ésta.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4252/41. Sánchez Jesús. 23 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.