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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3627
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO, PRUEBAS DE LA POSESION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3627
Es procedente conceder la protección federal contra la orden de embargo y toma de posesión de un inmueble, propiedad de una persona extraña al juicio, dictada por la autoridad judicial, si dicho tercero comprueba la propiedad y posesión del inmueble embargado, y si además, la escritura privada de compraventa llena, en su aspecto general, todos los requisitos legales, y fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad, pues en este caso surte efectos contra tercero, y basta probar la propiedad para que se entienda que queda igualmente probada la posesión, a no ser que exista prueba en contrario; por lo que si se demuestra la posesión del inmueble y el embargo trabado en el mismo, propiedad del tercero extraño, sin que éste haya sido parte en el juicio en que se ordenó el secuestro, asimismo quedan demostradas las violaciones constitucionales que ameritan la concesión del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3746/40. Mazari Juan. 4 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.