Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/309012
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 8
CONFESION DEL PROCESADO, ARRANCADA POR COACCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 8
Si la autoridad responsable hace indebida apreciación de pruebas para dictar un acto de formal prisión en contra de un individuo, apoyándose en su confesión, y se demuestra en el proceso, que esa confesión adolece del vicio de haber sido arrancada por medio de coacción, tal auto es violatorio de garantías y consiguientemente procede conceder la protección federal.
Precedentes
Amparo penal directo 8283/40. Palma Dolores. 1o. de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.