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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1784
ROBO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1784
Si el cuerpo del delito de robo se estima justificado, en los términos exigidos por la fracción III del artículo 115 del Código Federal de Procedimientos Penales, o sea, por la prueba de que el acusado ha tenido en su poder alguna cosa que por sus circunstancias personales, no hubiera podido adquirir legítimamente, y no justifica su procedencia, esa apreciación no implica, en manera alguna, inexacta aplicación de la ley; por más que este medio de prueba sea de aquellos que traen un menor conocimiento jurídico, en cuanto que es muy difícil determinar hasta qué punto ciertas circunstancias personales permiten adquirir legítimamente una cosa; pero la duda desaparece si se atiende a la naturaleza de los bienes robados, la manera de ocultarlos y la situación del presunto responsable.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1203/41. Zamacona Trigos Alfonso. 9 de mayo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.