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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 546
SUSPENSION, RECURSO DE APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 546
La admisión de este recurso interpuesto contra una sentencia dictada en un juicio, no causa perjuicio de difícil reparación, y por lo tanto, no puede otorgarse la suspensión contra el acto reclamado, porque de hacerlo, se afectaría el interés general, que radica esencialmente en la pronta y expedita administración de justicia, no llenándose por consiguiente los requisitos de las fracciones II y III del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8085/40. Novoa de Gómez Beatriz. 25 de enero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.