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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1549
EXHORTOS, SU INCOMPETENCIA DEL JUEZ REQUIRENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1549
La negativa del Juez requerido para diligenciar un exhorto en que se ordena la aprehensión de una persona, es correcta también, en relación con la competencia, porque de acuerdo con el artículo 2o., fracción IV, de la citada ley reglamentaria, el Juez requeriente no está obligado a entregar ni a aprehender a los criminales si los Jueces del Estado a que pertenece el requerido son los competentes para conocer del hecho imputado al delincuente, a quien se reclama.
Precedentes
Controversia 92/40. Suscitada entre el Juez Tercero de la Primera Corte Penal del Distrito Federal y el de Primera Instancia de Nuevo Laredo, Tamaulipas. 15 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.