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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1844
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1844
No en todo caso es necesario, conforme al artículo 16 de la Constitución, que la acusación, querella o denuncia se apoye precisamente en una declaración bajo protesta de persona digna de fe, según el criterio del Juez que libre la orden de aprehensión, sino que basta que se apoyen en cualesquiera otros indicios razonables, la acusación, querella o denuncia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6566740. García Fidencio y coagraviados. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.