Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/309142
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 9
DEFICIENCIA DE LA QUEJA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 9
La Suprema Corte, en uso de la facultad que le concede el artículo 163 de la Ley de Amparo, debe suplir la deficiencia de la queja, cuando se trata de actos que afecten la libertad personal.
Precedentes
Amparo penal directo 1942/40. Rodríguez Porfirio. 1o. de octubre de 1940. Ausente: Luis G. Cabello. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.