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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 165
ALLANAMIENTO DE MORADA (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 165
Es violatorio de garantías el auto en que se decrete la prisión preventiva de un individuo por el delito de allanamiento de morada, si no se demuestran plenamente los elementos constitutivos de la existencia del cuerpo de ese delito, en los términos que dispone la ley penal sustantiva del estado de Puebla, y que consisten en penetrar al domicilio ajeno, por medio de la violencia física, de amagos o de amenazas o causando fractura o haciendo alguna horadación o excavación, o por medio del escalamiento, o usando llaves falsas.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5719/40. Flores Martínez Margarito. 5 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.