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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 547
EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD, CUMPLIMIENTO DE UN DEBER LEGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 547
No existe la excluyente de responsabilidad penal prevista en la fracción IV del artículo 44 del Código Penal de Veracruz, que consiste en obrar en cumplimiento de un deber o en ejercicio legítimo de un derecho, autoridad, empleo o cargos públicos, si de los elementos aportados al proceso aparece que el sujeto del delito no intervino en el asunto, en su carácter de agente municipal, sino como particular, por la ofensa que se le hizo; y aún en el supuesto de que tratara únicamente de aprehender al responsable de un delito, carecía por completo del derecho de privarlo de la vida.
Precedentes
Amparo penal directo 3675/40. Márquez Arcadio. 18 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.