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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309208
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2018
AUDIENCIA EN EL AMPARO. EFECTOS DE LA CELEBRACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2018
Es indudable que la celebración de la audiencia agota la actividad de las partes, hasta el momento de dictarse la sentencia, y si se estimara lo contrario, toda omisión o determinación en el procedimiento debería ser reclamada en la vía de queja, mas no mediante el recurso de revisión de la sentencia, porque no se refiere en rigor a apreciaciones contenidas en la misma.
Precedentes
Amparo civil directo 1258/39. Ruiz Francisca. 12 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.