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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2277
IDENTIFICACION DEL ACUSADO, SUSPENSION CON MOTIVO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2277
El Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal previene en forma terminante, que una vez que se dicte el auto de formal prisión, se procederá desde luego a la identificación del acusado, y ese precepto es de orden público y no puede contrariarse, porque es necesaria para la averiguación de los hechos delictuosos, en relación con la persona indiciada, y también para la reaprehensión del reo en caso de fuga o de que quebrante la libertad caucional y para determinar los casos de reincidencia; y la suspensión debe negarse contra dicho acto.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 4009/40. Duffour Albi Marcelino. 17 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.