Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/309239
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3702
DEFENSOR, FALTA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3702
Aunque el reo haya nombrado abogado defensor, si éste no fue encontrado y se practicaron diligencias y hasta después de cerrada la instrucción se dictó acuerdo para que se requiriera a otra persona y ésta acepta el cargo y presenta oportunamente sus conclusiones, como durante toda la instrucción del proceso, careció de defensor el acusado, por negligencia del Juez de la causa, es indudable que se violó el procedimiento y se debe conceder el amparo que al efecto se pida, para que aquel se reponga.
Precedentes
Amparo penal directo 3837/40. Silva Leopoldo. 19 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.