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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3778
INFORME JUSTIFICADO, MULTAS POR LA FALTA DE RENDICION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 3778
Es inexacto que el artículo 149 de La Ley de Amparo se refiera a la falta absoluta del informe y no al rendido fuera de tiempo, por lo cual debe estimarse legal la multa que se imponga a la autoridad que no hubiere rendido dicho informe en el término prescrito por el precepto aludido, aunque lo hubiere hecho con posterioridad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5248/40. Morgan Simón. 20 de septiembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.