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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 143
SUSPENSION IMPROCEDENTE, CUANDO SE HA HECHO USO DEL RECURSO LEGAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 143
Si del informe de la autoridad responsable, aparece que la parte quejosa interpuso ante la potestad común, el recurso de queja, que puede remediar la situación creada por el acto reclamado, al resolverse el propio recurso de queja, el acto reclamado no puede producir perjuicios de difícil reparación a la parte quejosa y debe negarse la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 87/40. Alcázar Ubiel y coagraviado. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Caballero y Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.