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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2108
USURPACION DE FUNCIONES, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2108
Si está comprobado que los acusados de usurpación de funciones desempeñaban, respectivamente, los cargos de presidente y síndico municipales de un lugar, es indudable que al haber dado permisos para cortar o explotar algunos montes, apoyándose en una circular del Gobierno del Estado, en la cual se transcribe un acuerdo dictado por el ciudadano presidente de la República, en el sentido de que los campesinos que por sí solos elaboren y conduzcan a los mercados de consumo, para su venta, productos forestales en pequeña escala, están autorizados para la libre explotación de los bosques y, por tanto, sus trabajos no están sujetos a la falsificación del servicio de vigilancia forestal, no cometieron el delito de usurpación de funciones, ya que tienen el carácter de funcionarios públicos; y si al agotar los permisos de que se trata, se extralimitaron en sus funciones, cometieron otro acto delictuoso, pero no el de usurpación de funciones.
Precedentes
Amparo penal directo 1077/40. Navas Sabino y coagraviado. 4 de mayo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.