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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2598
PECULADO, PRESUNCION DEL DOLO EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2598
Si el individuo a quien se acusa de peculado, no prueba las causas en que funda la desaparición de dinero, es de presumirse la intención dolosa que exige la ley, para la existencia del delito; máxime si la conducta observada por el acusado robustece hasta la evidencia, esa presunción.
Precedentes
Amparo penal directo 8753/39. Valenzuela Ryllery Rafael. 5 de junio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.