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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2682
CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL, EN LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIV; Pág. 2682
Si se alega como agravio en el amparo directo que se promueve contra una sentencia de segunda instancia, que no se comprobó el cuerpo del delito que se imputa al acusado, y de las constancias procesales aparece que sí está justificado, debe negarse el amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 3314/34. Almeida Rocha Alfonso. 7 de junio de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rodolfo Chávez y Luis G. Caballero. La publicación no menciona el nombre del ponente.